Por: Lic. Carlos A. Urbizo Solís
Ciudadano, compatriota:
Por más de veinte (20)
años el pueblo hondureño ha sido
sometido a un caudillismo y oligarquía política, que por tradiciones y
nepotismo malaventurados y deplorables, les han permitido controlar a su antojo
y conveniencia los partidos políticos legalmente inscritos.
Esta trama ha sido
posible por la confabulación de
dirigentes políticos que lograron, sin debate público y a espaldas del pueblo, promulgar una Ley Electoral que en la práctica viola los más elementales y fundamentales
derechos políticos del ciudadano. Estos derechos políticos están plasmados y garantizados por la Constitución Política de la República de Honduras, así como por la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas suscrita por el Estado
de Honduras.
Y
este atropello y violación a los
derechos humanos individuales y a la soberanía popular se ha llevado a cabo
impunemente a través de una trampa
legal introducida por los caudillos de los partidos en la Ley Electoral y de
las Organizaciones Políticas vigente desde 1981. Al terminar los gobiernos
militares de facto, erróneamente se le hace creer al pueblo que con esa
ley se ha retornado a la democracia.
¿Qué es democracia?
Simple
y sencillamente democracia significa que el ciudadano tiene la libertad y el derecho de “elegir y ser electo”, y así
lo establece el Artículo 37 de la Constitución, sin más condiciones que las establecidas en la misma Constitución.
Aun
para el cargo público más alto, el de presidente,
el Artículo 238 de la Constitución señala que se requiere únicamente:
1. Ser hondureño por nacimiento
2. Ser mayor de 30 años
3. Estar en el goce de los
derechos ciudadanos; y
4. Ser del estado seglar.
(Nótese que no dice, como
sostienen incorrectamente muchos, que debe saber “leer y escribir”. Y así debe ser porque el pueblo puede y
debe elegir a quien quiera ─ aunque sea solo hipotéticamente, porque en la realidad no elegirá a alguien que no sepa leer o escribir).
Este derecho es personal,
individual e intransferible tanto para elegir como para ser electo.
¿Por qué no tenemos, ni hemos tenido,
democracia?
A
pesar que la Constitución establece y
garantiza claramente, y sin la más remota duda, que el derecho es del ciudadano (Artículo 37), que el voto es directo
(Artículo 44), que es punible todo acto que
prohíba o limite la participación
del ciudadano en la vida política del país (Artículo 45), y que no se aplicaran leyes y disposiciones
gubernativas o de cualquier otro orden
…. si disminuyen, restringen o tergiversan esos derechos políticos (Artículo 64), una ley
secundaria, la Ley Electoral y de las
Organizaciones Políticas, en violación abierta
y temeraria a esos artículos constitucionales, crea obstáculos artificiales, barreras arbitrarias, y requisitos absurdos
para que el ciudadano
pueda ejercer sus derechos políticos.
La
Constitución establece y garantiza los derechos políticos del ciudadano; sin embargo,
la Ley Electoral, en franca contradicción, le
traslada ese derecho personal a los movimientos o corrientes de los partidos
políticos.
Mientras
la Constitución dice que el ciudadano
tiene el derecho de “elegir y ser electo”, la Ley Electoral, artículo 116)
dice que “Tendrán derecho a postular candidatos para
cargos de elección popular los
movimientos, corrientes o tendencias de cada partido político…” Y como si este abuso y arbitrariedad no
fuera suficiente, la misma ley establece requisitos enormes para poder inscribir un movimiento,
invalidando así el derecho constitucional del ciudadano.
Si
democracia es que el ciudadano tiene derecho de “elegir y ser electo”, NO puede ser democracia que una ley
secundaria le quite ese derecho para
transferírselo a un movimiento, es decir, al dueño del movimiento, como
vulgarmente se conoce, reconoce, y pregona.
¿Quién puede inscribir un movimiento
y qué requisitos tiene que cumplir?
Aquí se presentan otras violaciones inexcusables
a los derechos constitucionales
establecidos en los artículos 44 y 45 de la Constitución al no ser el voto directo, y
al crear limitaciones a la participación
política del ciudadano.
Específicamente,
el Articulo 108 de la Ley Electoral manda que para que un movimiento pueda participar en elecciones internas, debe inscribir nóminas o planillas de candidatos a cargos de
autoridades (Comité Central, Consejo, etc...)
a nivel local, departamental y de convencionales o delegados en más de la mitad de los departamentos y de
municipios de la república. (Esto quiere decir 10 departamentos y 150 municipios! Si no
será esto una limitación a la participación política!)
¿Quién o que es el movimiento?
Simplemente,
un movimiento es en realidad un aspirante
a la presidencia de la república. En
este sentido de la ley, no hay, ni puede haber, movimientos para diputado,
alcalde, vicealcalde, regidor, y convencional! Un movimiento no puede existir
sin un dirigente, y nadie forma movimientos
para que otro sea candidato a la presidencia. El
resultado es que el movimiento es el precandidato presidencial; es el que
se convierte en el dueño del o su
movimiento, como se refieren a él popularmente. Y como dueño puede disponer de su propiedad, es decir, de
todas las candidaturas a cargos de elección popular, y por ende, quita y pone a su conveniencia y antojo, a quienquiera en cualquier momento.
Por
esa razón es que nadie, aun pasadas
las elecciones internas, se siente seguro de la nominación
y posición, privilegiada o no, que lleva en la planilla. ¿Y a esto le llaman democracia?
Por
su parte, el Articulo 116 de la Ley Electoral, ordena que tendrán derecho a postular candidatos
los movimientos que inscriban listas o panillas de candidatos a los cargos
de presidente (invariablemente el dueño del movimiento), designados (ahora
vicepresidente), diputados, y corporaciones municipales, en más de la mitad de los departamentos y municipios de la
república.
¿No es esta una barrera
(limitación en el lenguaje de la Constitución)
monstruosa y arbitraria para el ciudadano que busca un solo cargo, y tal
vez el más bajo de suplente?
Si alguien aspira a presidente
¿porqué tiene que remolcar esas inmensas planillas?
Si
algún ciudadano quiere ser alcalde ¿porqué tiene que ir a buscar un movimiento
presidencial que lo acoja?
Si
algún ciudadano desea ser regidor, ¿por qué tiene que ir a buscar refugio a una
planilla municipal, y depender de la bendición del candidato a alcalde y del candidato
a la presidencia quienes, en cualquier momento, pueden aceptarlo o rechazarlo sin
derecho a pataleo?
¿No es todo absolutamente contrario, y un
atropello, al derecho individual y a la soberanía popular?
Así
las cosas, por disposición artificiosa de una ley secundaria, sólo existe oficial y legalmente un movimiento para
presidente, y este, en elecciones internas, arrastra a todos los demás precandidatos
a cargos de elección popular.
Si
bien se ha logrado, por benevolencia de los caudillos, que el voto puede ser
separado para presidente, alcalde (y sus regidores), y diputados esta opción ha sido burlada por el “voto en cascada” que se han ideado las cúpulas de los partidos. ¡Por otra parte,
para que exista esa opción hay que pertenecer forzadamente a un movimiento!
En conclusión, los artículos
108 y 116 no permiten que un
ciudadano pueda postularse por sí mismo, dentro
de su propio partido, a un cargo de elección
popular sin la bendición del dueño del
movimiento, o jefes de las argollas u
oligarcas políticos. (El caso de candidaturas independientes es otro tema, e
igualmente contrario a los derechos constitucionales, pero está fuera de esta
denuncia.)
¡Y todavía tienen la audacia y temeridad de
llamarle a esto democracia?
En una democracia no hay razón por la cual un ciudadano
que desee representar a su comunidad
como diputado, alcalde, vice-alcalde, regidor o convencional, tenga que buscar el beneplácito del “dueño” de un movimiento político.
El aspirante o precandidato debe responder
únicamente por él mismo ante sus bases o electorado, y saldrá electo por voluntad de los votantes,
por sus propios méritos, por su capacidad, por su honestidad, por su
integridad, por sus propuestas, sin ser
favorecidos o contaminados por un movimiento o dueño, y en muchos casos aun por
el partido a que pertenece. (Estos son cargos eminentemente de
responsabilidad individual, y no colectiva o de grupo.)
Confirmando la grave y
perniciosa falta de democracia en
Honduras, los caudillos de los partidos políticos se reúnen para negociar, entre sí y para ellos mismos, las reformas a la ley electoral que convengan
a sus intereses y no a los del pueblo
hondureño.
La fotografía NO es una solución
Se
le ha hecho creer al pueblo que la inclusión de la fotografía de los precandidatos es un gran paso o adelanto
democrático. Si bien puede tener algunos méritos, la final de cuentas es un espejismo, un artificio para posponer
las reformas verdaderas y democráticas que el pueblo clama, reclama, y
necesita para ejercer sus derechos.
¿Quién va a decir que fotografías se exhibirán
en la papeleta?
¡Pues, de vuelta, nada menos que el mero dueño del movimiento! (No es que
los interesados o aspirantes van a
enviar sus fotografías para que los incluyan en la papeleta, estemos claros!)
Y con esto, regresamos a la hegemonía de los oligarcas políticos,
la cual permite, y les ha permitido, un virtual monopolio de las instituciones
públicas. Esta concentración de poder en
pocas manos es una de las razones primordiales por las cuales se empeora y
profundiza la condición de pobreza, violencia y desempleo del pueblo hondureño.
¿A quién le sirve la fotografía?
En
primer lugar, como la huella digital en vez de firma, es para aquellos que nos saben leer, y que no
podrían elegir por nombre al candidato de su preferencia. Pero eso de la
fotografía no es democracia; eso es reconocer un impedimento que en
cualquier caso debe subsanarse.
En segundo lugar, serviría para
una mejor identificación de aquellos
homónimos (para el que sabe leer),
suponiendo, que no es el caso, que hubiera una diseminación masiva de
fotografías de delincuentes, prófugos, e inhabilitados legalmente, para que el
votante no se equivoque o confunda
involuntariamente.
El pueblo no puede ni debe conformarse
ahora mismo con nada menos que su derecho constitucional de “elegir y ser
electo” sin obstáculos artificiales de ninguna naturaleza. Y esto debe ser
para las próximas elecciones.
¿Es cara la democracia?
Los
intereses en mantener la hegemonía
de los partidos alegan que permitir que
el ciudadano pueda “elegir y ser electo” sin pertenecer a un movimiento o
corriente, sería “demasiado” caro (a pesar de tratarse de su derecho
constitucional y no de un privilegio) ¡Qué argumento más absurdo y desatinado!
Ni el tiempo ni el costo deben ser
impedimentos. La democracia no puede ser cara, y no puede ni debe ser
postergada con pretextos pueriles. Lo que es caro es lo que tenemos ahora ─
gobiernos de argollas y nepotismo, pobreza, violencia, desempleo….!
Los responsables que ostentan los poderes
públicos deben y tienen que dedicar el tiempo, el esfuerzo, y el dinero
necesario para implantar los derechos humanos y democráticos de todos y cada
uno de los ciudadanos de “elegir y ser electo“, directa e individualmente como
lo garantiza la Carta Magna.
COMPATRIOTA:
Con
tú apoyo y protagonismo podemos lograr, a corto plazo, que la Ley Electoral se reforme para que
podamos ejercer todos nuestros derechos políticos en un ambiente democrático. Solamente entonces los electos serán
verdaderos y legítimos representantes del pueblo, respondiendo sólo al
pueblo, rindiéndole cuentas cabales, y respetando en primer término el derecho
y los intereses de las mayorías.
Este será sólo un comienzo. Necesitamos
después asegurar la representación de todos los sectores. Pero derogar las
trampas legales de los jefes, es indispensablemente
el primer paso en el camino correcto que nos permitirá realizar el único
compromiso que tiene validez en la política: lograr el más alto nivel y mayor calidad de vida para el mayor número
de personas posible.
Sólo en un pueblo libre para votar por quienquiera puede haber genuina
democracia.
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