San
Pedro Sula, Cortés, 5 de diciembre de 2016
Honorable
Embajador Juan
Jiménez Mayor
Representante
Especial del Secretario General de la OEA
Vocero
de la Misión
Señor
Representante Especial:
En
calidad de ciudadanos hondureños conscientes de nuestras responsabilidades como
tales, asumiendo la importancia del momento histórico que atraviesa nuestro
país y lamentando la existencia de una necesidad imperativa para que sea a
través del auxilio extranjero que se afronten las amenazas que penden sobre la
democracia y la institucionalidad en Honduras, acudimos ante la Misión para
interponer una DENUNCIA en los términos que a continuación detallamos.
PRIMERO:
La Misión es competente para recibir la actual denuncia, conforme a dos de sus
grandes Áreas Temáticas, la Prevención y COMBATE a la Corrupción; y las
Reformas Político-Electorales, incorporadas en el marco del convenio vigente
suscrito entre la República de Honduras y la Organización de Estados Americanos
para la creación de la MACCIH.
SEGUNDO:
La presente denuncia exige, dada su naturaleza y su esencia, la acción más
decidida y contundente en los términos propios que corresponden al estamento
constitucional y legal de la República de Honduras, como también la respuesta
política inequívoca de la Organización de Estados Americanos con el más fiel y
genuino apego a la verdad conforme lo establece la literalidad de nuestro texto
constitucional como también el de los hechos históricos debidamente registrados
y contenidos en las hemerotecas hondureñas y extranjeras, como también en el
contenido de los registros documentales de los actos administrativos emitidos
por las autoridades hondureñas de legitimidad indubitada como también los
emitidos por autoridades cuya legitimidad ha sido cuestionada dentro y fuera de
Honduras.
LOS HECHOS QUE
DENUNCIAMOS:
HECHO PRIMERO: El Tribunal Supremo Electoral de la
República de Honduras inscribió la candidatura del ciudadano Juan O. Hernández
Alvarado para optar a la presidencia de la República, de manera
inconstitucional, ilegal e ilegítima, por cuanto existe una prohibición
contenida en los Artículos 239 y 240 de la Constitución de la República que
impiden, entre otros, a la persona que ocupa o que haya ocupado a cualquier
título en el pasado, la presidencia de la república.
ANTECEDENTES:
1. La inscripción de la espuria
candidatura se fundamenta en el fallo de la Sala de lo Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia integrada por magistrados que accedieron a sus cargos
en sustitución de otros que fueron ilegalmente defenestrados en fecha 12 de
diciembre del año 2013 por el Congreso Nacional y cuya integración está
desprovista de toda legitimidad siendo por tanto nulo el fallo referido emitido
por la Sala Constitucional de Facto en fecha 22 de abril de 2015.
2. El fallo emitido por la Sala
Constitucional en fecha 22 de abril de 2015 procura constituir un Fraude de Ley
por cuanto no está legitimada para modificar la Constitución de la República en
ninguna de sus partes, mucho menos la de cualquiera de los artículos
constitucionales indicados en el Artículo 374 de nuestra Constitución.
3. La destitución de los magistrados
integrantes de la Sala Constitucional de la República carece de motivos de
justificación contenidos en el artículo 314 de la Constitución de la República
de Honduras.
4. La prohibición que recae sobre quien
ocupa o haya ocupado la presidencia de la república para postular su
candidatura a la presidencia no constituye una violación a los derechos humanos
de presidentes o ex presidentes, sino una regulación propia que el derecho
interno de la República de Honduras hace para delimitar los requisitos que en
todo estado independiente se imponen para acceder legalmente al poder.
Señor
Representante:
La
crisis que a partir del año 2009 vivimos los hondureños debió dejar lecciones a
nosotros los hondureños, pero también a la Organización de Estados Americanos.
Por favor no se presten con su silencio, a legitimar un fraude de ley y la
instauración de un gobierno ilegítimo y de facto que abusará de todos los
medios y recursos a su alcance para continuar en el poder constituyendo delito
de Traición a la Patria.
Su
estudio en respuesta a la presente denuncia determinará en gran medida la
legitimidad ante el pueblo hondureño de su imagen y de su valor.
Nos suscribimos de usted no sin antes renovarle las muestras de nuestra más alta consideración y estima.
Atentamente:
300+
con Dignidad
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