lunes, 14 de marzo de 2011

DEL PARENTESCO Y OTROS DEMONIOS

Por: José María Castillo Hidalgo. Aparece en Diario Tiempo de fecha 10 de Marzo (2011) la siguiente noticia: “ESPOSA DE COLOM SE LANZA A LA POLITICA.- Será candidata presidencial.- Ciudad de Guatemala.- El anuncio de Sandra Torres, esposa del Presidente de Guatemala, de que será candidata a la Presidencia desató una polémica en torno a prohibiciones legales y constitucionales que, según ciertas interpretaciones, impedirían esa postulación.- El Art. 186 de la Constitución guatemalteca establece que NO pueden aspirar a la Presidencia de Guatemala "los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad" del mandatario en funciones.- Pero el Código Civil NO establece una relación de afinidad o consanguinidad entre los cónyuges, por lo que el mandatario guatemalteco Álvaro Colom sostiene que su esposa "NO tiene impedimento legal para aspirar a la Presidencia".- El Secretario de actas de la oficialista Unidad Nacional de la Esperanza UNE, César Fajardo, sostiene que Torres "goza del derecho constitucional de elegir y ser electa".- Torres anunció el martes su decisión de postularse a la Presidencia para lo cual cuenta con el respaldo de una alianza integrada por la oficialista UNE socialdemócrata y los derechistas Gran Alianza Nacional GANA y la agrupación Victoria.- La Corte de Constitucionalidad tendrá que zanjar la disputa sobre la candidatura de Torres.- AFP”.

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La ley de Guatemala es bastante similar a la nuestra en Honduras ya que después de todo tienen las mismas fuentes: Derecho romano, Código Napoleónico, Código Civil Español.- De ese Derecho resulta que el PARENTESCO es una relación, vínculo o unión entre varias personas por virtud de la naturaleza o la ley.- Se produce de manera natural por consanguinidad, que es en línea recta o colateral y puede ser doble o sencilla.- La proximidad o lejanía del vínculo se cuenta por grados, un grado por cada generación.- La ley (el Código Civil de Honduras o para el caso cualquier Código Civil latinoamericano) reconoce hasta el cuarto y excepcionalmente hasta el sexto grado de parentesco por consanguinidad.-También la ley reconoce el parentesco por afinidad hasta el segundo grado.- Se es pariente por afinidad de los parientes del cónyuge en los mismos grados que lo sean de él por consanguinidad.- Es decir, los parientes por consanguinidad de mi cónyuge en primer grado, son mis parientes por afinidad en primer grado, y los que lo sean en segundo grado de consanguinidad de ella lo son en segundo grado de afinidad con respecto a mí.- En virtud de la ley los hijos adoptados, entran a formar parte de la familia del adoptante, adquieren el apellido y el status completo de hijo, con todos sus derechos y obligaciones, como ser los alimentos, la sucesión sin testamento, etc., y también las prohibiciones que corresponden a los hijos con respecto al padre, como casarse.

La línea recta de parentesco es la que existe entre personas que descienden unas de otras, por ejemplo, los padres respecto a los hijos, los abuelos respecto a los nietos (cuando es por el lado femenino se llama cognación).- La línea colateral de parentesco es la que existe entre personas que no descienden unas de otras pero si tienen un ascendiente o antecesor en común, por ejemplo los hermanos, los tíos, los sobrinos, los primos (se les llama agnados).- Dicha línea (el linaje) puede ser doble tal como la que se produce en los hermanos de padre y madre o en la descendencia de una ardiente y sonada boda entre primos carnales y la curiosa pero totalmente lícita que existe entre primos cuyos pares de padres son hermanos entre ellos, es decir: mi padre es hermano de tu madre y mi madre es hermana de tu padre, en tal caso tendrán el orden de los apellidos invertidos... pero en el caso de que los padres varones sean los que son hermanos, entonces los apellidos de los primos tanto como su sangre son exactamente iguales (antropológicamente)... y dejando por fuera del comentario, por repulsivos, los casos de las uniones incestuosas, que aunque ilegales NO dejan de darse con relativa frecuencia y ocasionan un gran enredo además de horrendas taras.

Para contar el grado de parentesco por generaciones en línea recta es sumamente sencillo.- Entre padre e hijo hay un grado, entre abuelo y nieto hay dos, entre bisabuelo y bisnieto hay tres (pues hay tres generaciones).- En línea colateral se cuentan las generaciones hacia arriba hasta el antecesor en común y las generaciones hacia abajo hasta el pariente de que se trate.- Así entre hermanos hay dos grados, entre el tío y el sobrino hay tres grados y entre primos hermanos hay cuatro. 

Como podemos vislumbrar, estos vínculos son de capital importancia NO solo como realidad biológica y de relaciones humanas, sino que en el mundo jurídico generan sendos derechos y obligaciones y también prohibiciones.- Y entre más cercano el vínculo, mejor el derecho o mayor sentido tiene la prohibición.

Bueno, esa es la teoría.- ¿Qué tal un pequeño examen para ver que tan bien me he sabido explicar?

1) ¿Qué tipo y que grado de parentesco hay entre cónyuges?
2) ¿Quién es el hijo de mi madre que no es mi hermano?
3) Si una pareja se casa, pero cada uno trae al hogar un hijo de un matrimonio anterior, ¿Que vínculo existe entre esos hijos con respecto al cónyuge de su progenitor?
4) ¿Qué parentesco existe entre la esposa y los hijos que el esposo tiene o ha tenido por fuera? Ja, o al revés, si es la esposa quien tiene un hijo que NO es del esposo, ¿Qué vínculo hay entre el infiltradito y el cornudito?
5) ¿Qué vínculo de parentesco hay entre el adoptante y el adoptado...que vínculo existe entre el niño adoptado con respecto a sus padres biológicos?

La condición de cónyuge se adquiere más bien por el matrimonio.- Matrimonio es la institución que para el tiempo de los romanos clásicos, que fueron quienes la supusieron en primer término como cuestión legal y no religiosa, era la que daba derecho a ser madre legalmente, es decir mater-munium y así los hijos estaban reconocidos desde su nacimiento por el esposo...de otra manera el nacimiento era un tanto desastroso en aquella sociedad, en que el pater familia era el baluarte legal para todo.- En sí, no importa cuando ni como, esa benemérita institución sirvió para superar el estado más bien salvaje y promiscuo de los humanos, en que solo se podía saber con certeza con respecto a los hijos quien era la madre, con la pérdida del mas o menos importante aporte que el padre podría hacer a los hijos... aunque probablemente en su surgimiento tuvo mucho que ver la necesidad de constituir alianzas y evitar el incesto y también un tanto, el egoísmo y los celos, ja.-

Etimológicamente el origen de la palabra cónyuge, es una metáfora un poco áspera.- Con todo hay quienes consideran que es de lo más acertada.- Viene del latín coniunx o coniugis que significa compartir el yugo, es decir, las cargas de la vida.- La imagen pues, utilizada originalmente, es la de la yunta de bueyes que están afianzados el uno al otro, jalando el arado o la carreta en un mismo sentido y conformando una unidad de trabajo perfecta.- Aquí cabe recordar lo que dice el libro de Génesis: "...por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y vendrán a ser los dos una sola carne, de manera que ya no son dos, sino una sola carne...".- En todo caso, un sinónimo mas suavizado o eufemismo de cónyuge es consorte, que significa "compartir la suerte".

En efecto, resulta que para el Derecho, de la forma que está concebido desde su origen en el tiempo de los romanos, los cónyuges de manera FICTA o ENTENDIDA LEGALMENTE ¡son una UNIDAD para los efectos de familia!...así como precisamente en términos religiosos judeo-cristianos, son una sola carne.- Es obvio que si hay un vínculo de parentesco de un grado con la suegra (se dice "storvo" en ruso), el vínculo con la esposa tiene que ser más íntimo o de grado cero, puesto que de allí se origina la cuenta y cualquier prohibición por razón de parentesco le abarca y le repercute con mayor fuerza.

Figúrese Ud., lo que son las cosas, si este es el ejemplo cívico y la imagen moral de los líderes de un país, personas supuestamente cultas y con el más alto status social, ¡qué podemos esperar de sus secuaces y activistas de a pie y de los chamberos y burócratas subordinados. -Aunque puedo apostar que entre ellos ha de haber individuos con más sentido de la dignidad y la decencia que estos payasos. Sólo falta que la Sala de lo Constitucional guatemalteca a la manera que lo logró el otro cínico de Nicaragua, diga que la misma Constitución le está violentando sus derechos constitucionales... de lo cual resulta que en esta Centroamérica NO solo compartimos casi las mismas leyes sino también la misma calaña de políticos y rábulas sicalípticos tan obtusos, que piensan o quieren hacer pensar que la ley primordial se contradice en lo plano.

Ya que estamos hablando del matrimonio, podemos hacer un parangón: Mientras estás casado, NO te puedes volver a casar, y no es porque la ley te quite tu derecho a casarte, sino que hay una condición que te impide hacerlo mientras NO te hayas divorciado.- La ley NO quiere que con fondos del Estado se financien las campañas políticas sectarias.- La Ley NO es estúpida y hace la prohibición de poder aspirar a la titularidad del poder ejecutivo a los parientes del Presidente, porque entiende que desde el poder, el Mandatario va a tratar de beneficiar de manera injusta a su parentela en sus ambiciones políticas.- Y si hace esa prohibición con respecto a sus parientes, tanto mayor se entiende que es con respecto a su consorte.

Con eso contesto a la primera pregunta y hago la conexión debida con el reporte noticioso ut supra y la respuesta de las demás interrogantes son las siguientes: 2) Es: Yo...aunque al yerno y a la nuera también se les llama hijos (políticos).- 3) Los hijos de mi cónyuge de un matrimonio anterior son mis hijastros y hay un parentesco de afinidad de un grado con ellos.- Entre esos muchachos específicamente se dice son hermanastros o hermanos de crianza, pero no existe vínculo de parentesco alguno entre ellos, pues el parentesco por afinidad deviene de la condición de cónyuge de uno de los referentes.- 4) Ninguno, a menos que los cachos hayan sido puestos con alguien que es un pariente de sangre.- 5) Es de un grado civil o legal, NO es de consanguinidad ni afinidad, y todo vínculo de parentesco con los padres biológicos, legalmente hablando, se pierde.

La Ceiba, 12-03-11.
JOSE MARIA CASTILLO HIDALGO
(Abogado)


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7 comentarios:

  1. Excelente aportación José María. Solo una pequeña aclaración acerca de los primos dobles. Desde el punto de vista genético, es igual que sean hijos de dos hermanas casadas con dos hermanos, a que sean hijos de un hermano y una hermana casados con el par homólogo. Aunque sí hay una pequeña diferencia: en el primer caso los primos compartirían la misma secuencia de un pequeño ADN circular llamado mitocondrial, que se hereda estrictamente de la madre. En el segundo caso no compartirían el ADN mitocondrial puesto que son hijos de madres no emparentadas, pero al momento de transmitirlo a los hijos de estos primos (en caso de casarse) esto sería irrelevante puesto que solo el ADN mitocondrial de la madre se transmitiría a los hijos. Cuando de consanguinidad se trata, el ADN importante desde el punto vista médico es el llamado ADN diploide que se encuentra en los cromosomas, en el núcleo celular. Desde el punto de vista médico los matrimonios consanguíneos tienen el siguiente problema: todos los seres humanos tenemos dos copias de cada gen, o en términos genéticos, somos diploides, con excepción del cromosoma Y y el ADN mitocondrial. Todos, absolutamente todos los seres humanos – y esto incluye a Brad Pit y a Angelina Jolie – tenemos genes de herencia mendeliana anómalos. En la mayoría de los casos la copia mala es compensada por la copia buena. Ahora bien, para que una persona nazca con una enfermedad llamada de herencia recesiva en la que ambas copias están dañas, se necesita que ambos padres sean portadores de la copia anómala para el mismo gen, lo cual es bastante improbable tomando en cuenta que el genoma humano tiene unos 27,000 genes diferentes. En los matrimonios consanguíneos esta probabilidad aumenta drásticamente, puesto que la copia de un gen anómalo puede ser heredada directamente del ancestro común a ambos cónyuges. De ahí el aumento de la incidencia de enfermedades recesivas.
    Ahora bien, el grado de similitud genética también depende de la población de la que hablemos. Por ejemplo, en una población muy pequeña, la endogamia será inevitable aunque los matrimonios no sean en apariencia consanguíneos. En este tipo de poblaciones se observará una gran homología genética entre los pobladores debido a lo que se denomina deriva genética.
    Otro ejemplo: dos hermanos comparten entre ellos alrededor del 50% de su genoma por herencia directa de los padres. Ahora bien, si son hijos de dos personas de razas diferentes, es de esperar que el otro 50% del ADN (el que no comparten por herencia directa de los padres) difiera más que entre hijos de parejas de la misma etnia. Estas consideraciones son importantes cuando se analiza el ADN con fines antropológicos o forenses.

    Saludos y felicitaciones de nuevo.

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  2. Solo un pequeño comentario: segun evidencia antropológica las uniones entre hermanos y hermanas de la misma familia eran muy comunes entre muchas tribus pertenecientes a los pueblos mas avanzados de la america precolombina, y no eran vistas como algo erróneo. No existe evidencia de que dichas uniones produjeran hijos con retrasos mentales. Al contrario, sobre todo en las culturas mexica, quiché, e inca se habla de personas muy inteligentes y de gran liderazgo cuyos padre y madre eran hermanos. Ojo, esto solo parece haber sido posible en la america precolombina. Y queda claro que esta capacidad parece perderse con la llegada de la conquista y la colonización europea, con su consiguiente mestizaje. Incluso relatos indigenas en los comienzos de la colonización notan claramente que los colonos españoles envejecen rápido y no pueden tener hijos entre familiares cercanos, cosa que los indios atribuyen a la poca 'esencia de vida' presente en los europeos, personas que segun sus shamanes 'ya estan medio muertas desde su nacimiento'. Solamente, y muchas gracias, muy buen articulo. Ojala hubiera comentado algo sobre los cinicos politicos hondureños y sus porquerias constitucionalistas, me parece muy curioso que se toma el tiempo de hablar mal de Guatemala y Nicaragua, pero no dice nada sobre los politicos hondureños. Salud!

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  3. Cierto Iqui. En muchas culturas el incesto no es tabú, y no solo en la América precolombina. En estas condiciones (falta de evitación de la endogamia), entonces la selección natural se encargará de eliminar de manera más rápida las variantes genéticas anómalas que producen enfermedades recesivas.
    Sin embargo la norma en el mundo parece ser la evitación de las uniones consanguíneas, comportamiento originado probablemente por selección natural, por el aumento del riezgo de enfermedades recesivas y la desventaja biológica que representa para los padres.
    Ahora, si vemos la otra cara de la moneda, las variantes genéticas beneficiosas como aquellas que favorecen la inteligencia o la actividad atlética, también verían aumentada su expressión en la homocigosis provocada por las uniones consaguíneas. De ahí las relaciones incestuosas dadas en muchas monarquías interesadas en no perder el acerbo genético privilegiado.
    Gracias Iquí.

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  4. ¿Que pasa con nuestra Latinoamérica de hoy? Nada que envidiarle a las dictaduras del siglo pasado, pero en lugar de utilizar las granadas, las bombas y la metralla abiertamente, ahora lo hacen de manera subrepticia, por medio de alianzas con grupos violentos y utilizando triquiñuelas políticas de diferente índole. Ojalá fuera para mejorar la condición de vida de estos países, pero por lo menos en el caso de Honduras estamos cayendo en un pozo sin fondo. Miren a su alrededor. La violencia alcanza cifras nunca antes vistas ante la mirada indolente del gobierno, cuyos componentes lo único que desean es ver cómo se mantienen en el poder para seguir sangrando a este estoico pueblo. A mi me parece que más que consentidor este gobierno es hechor.

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  5. Polemica pero puede ser una buena candidata, deberá tener suerte para llegar a algun sitio

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  6. Felicitaciones por esta clase magistral sobre el parentesco. No deja lugar a dudas sobre si existe parentezco entre el presidente Colom y su esposa Sandra. Conocido este lazo, entiendo el objeto del divorcio (sacrificio de amor por el pais), pues es la forma de burlar la intencion o espiritu de la ley.
    No hay duda que de por gobernantes en Guatemala tenemos puros ambiciosos del poder, pues es una forma facil de hacer riqueza.
    ¡Que verguenza para Guatemala¡
    CARLOS HERRERA ALVARADO

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  7. ESTIMADA AMIGA LICENCIADA SANDRA TORRES DE GUATEMALA:
    Le sugiero que retorne su matrimonio con el señor presidente Alvaro Colom Caballeros porque el origen de la delincuencia y del oprobio popular como tambien del divorcio matrimonial es el adjetivo resarcir que significa devolver en favor o en agravio a las consecuencias. Tiene que terminar las diferencias familiares en vez de dilatarlas en el divorcio.

    Atentamente:
    Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
    Documento de identificacion personal:
    1999-01058-0101 Guatemala,
    Afiliado al partido UNE-GANA y Lider universal de los partidos politicos.

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